> El Tribunal Supremo ha declarado nulo un Plan de Reforma Interior por no contar con el informe preceptivo de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre disponibilidad de agua.

> Otros planes urbanísticos carecen de este mismo informe, con lo que “se pone en una situación precaria a numerosos propietarios”.

La sentencia del Tribunal Supremo del pasado 8 de julio que declara nulo el Plan de Reforma Interior (PRI) “Alameda Norte” de Bétera por no contar con el informe previo y preceptivo de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre disponibilidad de agua pone de manifiesto “la irresponsabilidad e irregularidad con la que el PP local planteó un desarrollo urbanístico para triplicar la población”.

“Cuando en un municipio se plantea un crecimiento de estas características, es imprescindible asegurarse la existencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer las demandas que se plantean y la única manera de hacerlo es contando con el informe previo y preceptivo de la confederación hidrográfica, documento que no se solicitó ni en el PRI “Alameda Norte” ni en otros Planes de Actuación Integrada (PAI), con lo que se pone en una situación precaria a muchos propietarios de parcelas urbanas“, denuncia Neus Sánchez, concejal de Compromís per Bétera.

Hay numerosas sentencias judiciales que señalan que el informe que pueda emitir una entidad colaboradora autorizada para el suministro de agua nunca puede sustituir al de la confederación hidrográfica correspondiente, ya que carecen de legitimidad y capacidad para informar sobre derechos del agua.

Desde el año 2008, el Ayuntamiento de Bétera y la Comisión Territorial de Urbanismo han aprobado diversas actuaciones urbanísticas sin el correspondiente informe preceptivo de la confederación hidrográfica, entre los que se encuentra el PAI “El Manisero”, que no ha sido desarrollado pero sirvió para cambiar la calificación del suelo.

“Desde el grupo municipal de Compromís nos preguntamos en qué situación quedan el resto de desarrollos urbanísticos, promovidos por el PP, después de la sentencia del Tribunal Supremo”, concluye Neus Sánchez.